LLENADO DE LA DGD - Rivasa Soluciones Logísticas en Mercancías Peligrosas

Publicado el 22/Jun/2023

Por: RIVASA Soluciones Logísticas en Mercancías Peligrosas


¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LAS REGULACIONES DE MERCANCIAS PELIGROSAS?


Minimizar los riesgos que puedan poner en peligro a los pasajeros o tripulación, a los medios de transporte, a otras cargas y al medio ambiente, al ser transportadas estas mercancías desde su lugar de origen hasta su destino


Existen tres ORGANISMOS que establecen las Reglas OBLIGATORIAS para ACONDICIONAR y transportar mercancías clasificadas como peligrosas.


  • Por vía Aérea

La Asociación del Transporte Aéreo Internacional (IATA),

que emite la Regulación de Mercancías Peligrosas Aérea.


  • Por vía Marítima

La Organización Marítima Internacional (OMI), que emite

el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas.


  • Por vía Terrestre

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) que emite las Normas Oficiales Mexicanas y Reglamento de Tránsito.









¿QUÉ DOCUMENTO DEBE UTILIZARSE PARA EL ENVÍO DE MERCANCÍAS PELIGROSA?

Al enviar productos que están clasificados como peligrosos por vía aérea, marítima o terrestres, el remitente debe presentar una Declaración, en donde se haga constar que la carga que se presenta para su transporte ha sido clasificada, identificada, embalada, marcada y etiquetada de acuerdo a lo que se establece en las Regulaciones obligatorias de Mercancías Peligrosas por los tres medios de transporte.


Servicios que ofrece RIVASA:


  • Elaboramos y firmamos la Declaración DGD (Dangerous Goods Declaration)

para el transporte AÉREO, MARÍTIMO

y TERRESTRE.


  • También llevamos a cabo la REVISIÓN de la Declaración de Mercancías Peligrosas (DGD)

de los tres medios de transporte.

¿Necesitas asesoría?